El presente régimen de Otorgamiento de Becas y Estímulos Económicos de nuestra institución tiene como objetivo primordial normar, regular y transparentar el acceso a los beneficios de exoneración total o parcial de pensiones de enseñanza para nuestros estudiantes.
Alineados con la misión institucional de formar profesionales en educación con alta calidad humana y científica, este sistema busca garantizar la equidad, premiar el mérito académico excepcional y brindar soporte oportuno a aquellos estudiantes que se encuentren en situaciones comprobadas de vulnerabilidad socioeconómica o casos de fuerza mayor.
Para postular, mantener o renovar una beca o estímulo económico por rendimiento académico, el estudiante deberá cumplir de manera obligatoria con los siguientes criterios:
- Rendimiento Destacado: Haber obtenido un promedio ponderado acumulado igual o superior a quince (15.00) en el periodo académico inmediato anterior.
- Carga Académica Completa: Estar matriculado en el número total de créditos o unidades didácticas correspondientes a su ciclo de estudios, según el plan de estudio vigente.
- Continuidad de Estudios: Ser un estudiante regular y no haber registrado retiros de áreas y/o módulos, reservas de matrícula ni abandonos en el ciclo previo.
- Conducta Intachable: No registrar sanciones disciplinarias, amonestaciones verbales o escritas en su expediente por faltas al Reglamento Institucional.
Escala de Porcentajes de Descuento
Los beneficios económicos se otorgarán bajo un sistema de categorización que evalúa el mérito y la necesidad, distribuidos de la siguiente manera:
- Beca Integral (100% de Exoneración): Otorgada exclusivamente a los primeros puestos por rendimiento académico (promedios superiores a 18.00), a deportistas calificados de alta competencia y a los beneficiarios amparados por la Ley N° 23585 (Orfandad). Exonera la totalidad de las pensiones de enseñanza.
- Beca Parcial (50% de Descuento): Dirigida a estudiantes con promedios ponderados entre 16.00 y 17.99, o aquellos en situación de vulnerabilidad socioeconómica media comprobada por el área de Bienestar Estudiantil. Reducirá a la mitad el costo de la pensión mensual.
- Estímulo Económico / Semibeca (25% de Descuento): Dirigida a estudiantes con promedios ponderados entre 15.00 y 15.99, o por convenios institucionales específicos. Aplica como un descuento directo sobre la pensión regular.
Procedimiento para Solicitar Beca por Orfandad (Ley N° 23585)
- Paso 1: Presentación de la Solicitud. El estudiante (o su tutor legal si fuera menor de edad) deberá presentar una solicitud formal dirigida a la Dirección General del Instituto dentro de los quince (15) días hábiles de ocurrido el suceso o antes del inicio del proceso de matrícula.
- Paso 2: Adjuntar Documentación Sustentatoria. Se deberá presentar de forma obligatoria:
- Copia certificada del Acta o Certificado de Defunción del padre, madre o tutor responsable del pago de pensiones.
- En caso de invalidez: Certificado Médico emitido por EsSalud, el Ministerio de Salud (Minsa) o el Instituto de Medicina Legal que acredite la inhabilitación física o mental permanente para el trabajo.
- Ficha socioeconómica emitida por la asistenta social del instituto que certifique la carencia de recursos económicos para continuar los estudios.
- Paso 3: Evaluación y Dictamen. El comité de becas o el área de Bienestar Estudiantil evaluará el expediente en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, verificando la autenticidad de los documentos y la condición de estudiante regular.
- Paso 4: Emisión de Resolución. La Dirección General emitirá una Resolución Institucional otorgando la Beca Integral (100%), la cual se notificará al estudiante y a las áreas de Facturación y Contabilidad para la exoneración inmediata. El beneficio se mantendrá vigente mientras dure la carrera, supeditado a que el estudiante mantenga su regularidad y no cometa faltas disciplinarias graves.
